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Personal SERMAS 22/04/20

Instrucciones sobre el abono de la nómina de profesionales del SERMAS durante crisis sanitaria

Aquellos profesionales del SERMAS que hayan sufrido cambios en sus turnos de trabajo o en su jornada ordinaria o complementaria, modificarán la estructura de su nómina a partir de abril y mientras dure la circunstancia que ha generado los cambios.

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL os informamos de las modificaciones que se van a incluir en la nómina como consecuencia de las instrucciones relativas al abono de nómina de la Dirección General de RRHH del SERMAS derivadas de la alarma sanitaria por COVID-19 con la reorganización de la actividad asistencial. Se van a incluir nuevos conceptos para el abono de guardias, atención continuada y exceso de jornada por motivo del COVID-19: 

  • Guardias COVID-19: Tanto incremento de guardias como horas de guardia, siempre teniendo en cuenta el cumplimiento de jornada firmada en 2012.
  • Guardia 9-10 abril COVID-19: abono en turnos de 7 horas o 24 horas según turno como guardia de festivo personal facultativo
  • Festivo 9-10 abril COVID-19 para personal sanitario no facultativo y de gestión: Retribución de festivo de cada categoría
  • Atención Continuada COVID-19: Incremento de nº de noches, noches de festivo, incremento en domingos y festivos.
  • Productividad variable por exceso de jornadas: Exceso de jornada del personal sanitario y de gestión y servicios si no puede ser compensada en su jornada laboral anual
  • El personal laboral contratado como Titulado Superior, Titulado Superior Especialista, Auxilio Sanitario Apoyo médico y enfermera o formación profesional: retribución prevista para personal laboral en su contrato sin complementos del personal estatutario.
  • El personal laboral contratado como Titulado Superior y Titulado Superior Especialista podrá percibir concepto de atención continuada si realiza guardias según orden de nóminas de personal estatutario.
  • El personal laboral contratado como Auxilio Sanitario Apoyo médico y enfermera podrá percibir concepto de atención continuada si realiza guardias según orden de nóminas de personal en formación de primer año MIR o EIR
  • El personal laboral contratado como Auxilio Sanitario Apoyo enfermera y formación profesional podrá percibir concepto de turno rotatorio o turno fijo nocturno según orden de nóminas de personal estatutario si es de aplicación.
  • Personal de AP desplazado a IFEMA: cobro de complementos según orden de nóminas de personal de atención hospitalaria en conceptos de complemento específico por turnicidad, complemento de atención continuada Modalidad A y Modalidad B y complemento de atención continuada por continuidad asistencial. 

El personal que no haya sufrido cambios en sus turnos y guardias normales, cobrará sus complementos habituales.

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