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Sobre la reclamación de indemnización por cese, en el nombramiento o contratación irregular

Muchas son las informaciones sindicales que circulan sobre la reclamación de indemnización por cese, en el caso del personal interino o temporal con nombramiento o contrato superior a 3 años, sin que el puesto ocupado se haya convocado y no consiga plaza en la correspondiente convocatoria de Estabilización de empleo. Incluso hay sindicatos que lanzan campañas para reclamar la indemnización a través de su servicio jurídico, ya sea para su propia afiliación, para quien se afilie en el momento, o para no afiliados.

CSIT UNIÓN PROFESIONAL informa que la reclamación de la indemnización por estar en situación de empleo irregular, solo puede ser planteada tras el cese en la relación de empleo temporal, lo cual debe formalizarse en un plazo de 20 días y, considerando la previsión para resolver las convocatorias en marcha actualmente en la Comunidad de Madrid, no parece que se vayan a resolver antes del último trimestre del año.

Teniendo en cuenta que la resolución de las convocatorias se prevé para el mes de octubre en adelante y que solo se podrá reclamar la indemnización tras el cese, ¿por qué hay sindicatos que plantean ahora con tanta precipitación, campañas dirigidas a reclamar la indemnización? La clave parece estar en las elecciones sindicales convocadas en el ámbito del personal funcionario y laboral de Acuerdo y Convenio de la Comunidad de Madrid, para el próximo 17 de abril. Las actuales campañas que impulsan la reclamación de la indemnización son parte de una táctica para captar candidatos para las distintas Juntas de Personal y Comités de Empresa e intentar mejorar el resultado electoral. Es decir, aprovechan el momento de firma de la nota de encargo al servicio jurídico sindical para pedirle también la firma de la candidatura. Sin duda, nada ético.

No tiene ningún sentido de la ética, que quien antes firmó el acuerdo que ha machacado la expectativa de consolidar el empleo del personal interino o temporal, ahora quiera aprovechar la oportunidad jurídica de la reclamación por cese o despido improcedente. Por ello, piensa en quien pensó en ti y no te dejes engañar por excusas torticeras.

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL, reiteramos que no es posible activar la reclamación de la indemnización hasta el momento del cese, nunca antes, y en un plazo de 20 días. Toda persona que pueda encontrarse con un nombramiento o contratación irregular, debe plantearse reclamar la indemnización por cese improcedente, para lo cual se requerirá un análisis personalizado de cada situación. La Administración no va a actuar de oficio y, en todo caso, los procesos judiciales serán complejos en general y, en particular, por las normas aplicables, más aún en el caso de personal funcionario interino.

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