Publicado el Acuerdo que fija la subida retributiva del 2% para los empleados públicos de la Comunidad de Madrid
En el BOCM de hoy, 17 de julio, se publica el Acuerdo de 10 de julio del Consejo de Gobierno, sobre el incremento retributivo del personal al servicio del sector público de la Comunidad de Madrid en el ejercicio 2024.
Como ya os informamos, el acuerdo tuvo lugar en la última reunión del Consejo de Ministros, al objeto de dar cumplimiento al Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI, firmado el 19 de octubre de 2022, en el que se fijó el incremento retributivo para los empleados al servicio de las Administraciones Públicas entre los años 2022 y 2024, estableciendo en su artículo 6, un incremento global máximo del 2% respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2023, conforme al límite de los máximos porcentajes establecidos por la correspondiente normativa estatal.
El Acuerdo fija, para el año 2024, con efectos desde el 1 de enero, un incremento de las retribuciones íntegras del personal al servicio del sector público de la Comunidad de Madrid del 2% respecto de las vigentes a 31 de diciembre de 2023. Y para ello autoriza a la titular de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo a dictar las instrucciones que sean precisas en ejecución y desarrollo del acuerdo.
Por tanto, se espera que el correspondiente abono de este 2% en las retribuciones se haga efectivo en la nómina de agosto, según se ha especificado en la aplicación FIVA: "La subida salarial del 2% aprobada para 2024 se hará efectiva en la nómina del mes de agosto, junto con los atrasos correspondientes a dicho incremento desde el 1 de enero al 31 de julio de 2024". Recordamos que otras Administraciones ya lo han recibido en su nómina del mes de julio.
Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL insistimos nuevamente en que:
- El incremento del 2% se incluirá en las nóminas del mes de agosto y siguientes.
- En vista de que los efectos son retroactivos desde el 1 de enero de 2024, el incremento correspondiente a los meses previos se abonará como atrasos en la nómina de agosto.
- Dicho incremento se calcula sobre las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2023, incluyéndose, los 2 incrementos adicionales ligados a las 2 cláusulas de revisión del 0,5% (una vinculada al IPCA y la otra al PIB nominal y que ya nos fueron abonados).
Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL recalcamos que este incremento no compensa la pérdida acumulada de poder adquisitivo que viene padeciendo el conjunto de empleados de las Administraciones Públicas en estos últimos años.