Información sobre los puntos vistos en la reunión de la Comisión de Seguimiento
El miércoles, 16 de junio, hemos participado en la reunión de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Sectorial para el personal funcionario de la Administración de la Comunidad de Madrid, de la que os resumimos los asuntos tratados:
RENEGOCIACIÓN DEL ACUERDO DE CRITERIOS DE ESTABILIZACIÓN...
Respecto de la solicitud de convocatoria de la Mesa Técnica de Selección del personal funcionario, CSIT UNIÓN PROFESIONAL plantea la renegociación del Acuerdo de la Comisión de Seguimiento, sesión 2/2021, (Acuerdo que CSIT UNIÓN PROFESIONAL NO FIRMÓ) sobre criterios generales para las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de la Comunidad de Madrid (Estabilización de empleo, Promoción interna y Funcionarización), en vista de la diferencia existente entre los criterios marcados por la Comunidad de Madrid y los que se están fijando en otras administraciones públicas e incluso en la Administración del Estado, que ya ha publicado las bases comunes y específicas para la estabilización del empleo temporal del Estado, (BOE de 28 de mayo de 2021). Sorprende que la Administración de la Comunidad de Madrid estime que no hay nada que renegociar al haberse aprobado por mayoría, pero más sorprende que las Organizaciones Sindicales firmantes no se pronuncien al respecto. Más información en este enlace.
Promoción Interna Agentes Forestales y bomberos
La Administración ha planteado la necesidad de delimitar los criterios a aplicar en los procesos selectivos por los que se convocan plazas de promoción interna de los Cuerpos de Agentes Forestales y de Bomberos, ya que ambos Cuerpos tienen fijadas pruebas específicas y los criterios generales recogidos en el Acuerdo de la Comisión de Seguimiento de 11 de febrero de 2021 no coinciden exactamente con dichas especificidades.
Por parte de CSIT UNIÓN PROFESIONAL entendemos que las Mesas Técnicas de Agentes Forestales y de Bomberos dependen de esta Comisión de Seguimiento y por tanto, un acuerdo firmado en ésta debe ser aplicado a todo su ámbito de influencia; ahora bien, es necesario comparar cada uno de los aspectos, pues algunos pueden requerir matices en función de las especialidades de cada Cuerpo y no olvidar las pautas concretas que se puedan encontrar en las leyes que les son de aplicación, la Ley del Fuego (Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por al que se regulan los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid), y la Ley 1/2020, de 27 de marzo, por la que se crea el Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid. La Administración aporta en este momento un comparativo y se acuerda aplazar la decisión para una reunión posterior.
RRHH: Convocatorias singulares, permutas, nombramientos interinos...
En relación a los temas sobre: el agotamiento de las listas de interinos y las convocatorias singulares con creación de bolsa que deben entenderse de carácter supletorio y que, por tanto, desaparecerán una vez finalicen los procesos selectivos ordinarios; la solicitud de datos estadísticos de Permutas del personal funcionario (si se han solicitado o no o si se han denegado por no cumplir los requisitos o por informe desfavorable) y el derecho del personal funcionario con nombramiento interino a que se le oferte un puesto de trabajo de distinto cuerpo, escala o especialidad, con nivel de complemento de destino superior al del puesto que ocupa, planteado por CSIT UNIÓN PROFESIONAL ya que en estos momentos no se está cumpliendo, la Administración aplaza la resolución hasta recibir los correspondientes informes de la Dirección General de Recursos Humanos.
Otros asuntos:
En cuanto al estado en que se encuentra el procedimiento de Contratación del Seguro de Responsabilidad Civil, la Administración informa que está pendiente de la presentación de la documentación administrativa y de solvencia técnica de las empresas participantes, cuyo plazo de presentación finaliza en 10 días.
Se solicita una previsión para dar cumplimiento a la Disposición Adicional Segunda "Modernización de los Servicios Públicos", la cual no puede ser facilitada en vista de que el Gobierno de la Comunidad de Madrid no estará definitivamente formado hasta el viernes o sábado de esta semana, cuando se confirmen los cargos. Una vez se produzca, se continuará con lo previsto en el Acuerdo y el Convenio.
Sobre la situación del colectivo de empleados encargados de ejecutar el programa "Gestión de las líneas de ayuda derivas del COVID 19" de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad y que en estos momentos se encuentran trabajando presencialmente, la Administración informa que esta situación se debe a las necesidades de formación, agilidad y coordinación de los servicios que en estos momentos este personal requiere. Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL entendemos que su presencialidad actual se debe al régimen transitorio debido al periodo formativo pero que, una vez se supere, ya que se trata de una actividad susceptible de teletrabajo, esperamos se les ofrezca esta modalidad.