Insistimos en la paralización de las convocatorias de Estabilización de empleo de la CM, para adecuarlas a la nueva legislación
Como venimos haciendo desde el pasado mes de junio, CSIT UNIÓN PROFESIONAL sigue planteando paralizar las convocatorias de los procesos extraordinarios de Estabilización de empleo temporal de la Administración de la Comunidad de Madrid, para adecuarlas la Ley 20/2021, de Medidas Urgentes para Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.
No se puede olvidar que los dos primeros Acuerdos de Estabilización de empleo y el Acuerdo de criterios generales aplicables a las convocatorias de los procesos selectivos extraordinarios para la Estabilización de empleo temporal en la Comunidad de Madrid, que tanto daño están haciendo, han sido firmados por CCOO, UGT y la F, y fueron rechazados expresamente por CSIT UNIÓN PROFESIONAL.
No obstante, CSIT UNIÓN PROFESIONAL celebra que CCOO y UGT, firmantes de los dos primeros procesos extraordinarios de estabilización y también del acuerdo sobre criterios generales aplicables a las convocatorias de estos procesos selectivos, que han apostado por el concurso-oposición, en algún caso la oposición; que no han querido distinguir y valorar más la experiencia en la Administración de la Comunidad de Madrid frente a la de otras Administraciones Públicas, ahora rectifiquen y reclamen la paralización y adecuación de las convocatorias de estabilización de empleo ya publicadas, a la Ley de Medidas Urgentes para Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.
Por todo ello, reiteramos las propuestas que venimos defendiendo desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL y esperamos que, en esta ocasión, en vez de ser rechazadas como ha pasado hasta el día de hoy, sean asumidas por CCOO, UGT y la F, y podamos conformar una posición conjunta entorno a ellas:
- Que la reducción de la temporalidad hasta máximos del 8% de la plantilla de personal se negocie en el marco de la disposición adicional novena de la Ley de Medidas Urgentes para Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.
- Que se paralicen y adecuen las convocatorias ya publicadas a la Ley de Medidas Urgentes para Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.
- Que se renegocie el Acuerdo de criterios generales que han de regir las convocatorias de los procesos extraordinarios de estabilización de empleo temporal de la Administración de la Comunidad de Madrid.
- Que en el Concurso de Méritos se valore, de manera preferente, la experiencia en el desempeño de los puestos que son objeto de las convocatorias.