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Sobre la anulación del segundo ejercicio de la Promoción Interna al Cuerpo e Técnicos de Gestión de Administración General - Grupo A2 (CM)

La Comisión de Seguimiento del Acuerdo Sectorial, en reunión de hoy y a propuesta de CSIT UNIÓN PROFESIONAL, ha abordado como único punto de su orden del día, la situación y previsión de los términos de ejecución de la sentencia del TSJ que anula el segundo ejercicio de la convocatoria de Promoción Interna para el acceso al Cuerpo de Técnicos de Gestión de Administración General, grupo A, subgrupo A2, convocada mediante la Orden 1305/2017 por la Comunidad de Madrid.

En esta reunión monográfica, el planteamiento de CSIT UNIÓN PROFESIONAL ha girado en torno a evitar daños al personal que obtuvo plaza en esta convocatoria de promoción interna, por tanto, que la Administración respete el principio de conservación de los actos propios y, en consecuencia, la ejecución de la sentencia no pase por examinar de nuevo a quienes aprobaron el segundo ejercicio y en la resolución de la convocatoria obtuvieron plaza.

La conclusión de la reunión, podemos resumirla en los siguientes términos:

1.- Tras distintos incidentes de ejecución presentados por las partes ante el juzgado de instancia y dada la ambigüedad, incluso contradicción, entre la parte expositiva y la dispositiva de su auto de ejecución, en este momento, se han formalizado nuevos incidentes de ejecución elevados al Tribunal Superior de Justicia, por tanto, será el TSJ quien determine los términos concretos de ejecución de la sentencia.

2.- La posición de la Administración, coincidente con la de quienes aprobaron el segundo ejercicio y obtuvieron plaza en esta convocatoria y también con la de CSIT UNIÓN PROFESIONAL, es la doctrina de conservación de actos propios, "quien aprobó, aprobado está", de manera que solo deban volver a examinarse quienes no aprobaron. En su caso, la nueva convocatoria ofertaría el mismo número de plazas (41) que las ofertadas inicialmente.

3.- Se considera que lo más probable es que finalmente el criterio de la Administración sea admitido. No obstante, la previsión es que el proceso se alargue en el tiempo más allá de lo deseado, previsiblemente durante meses. En cualquier caso, y en tanto resuelve el TSJ, la situación se mantendrá como en la actualidad y el personal que obtuvo plaza podrá ejercer con plenitud sus derechos como funcionario de carrera en el Cuerpo de Técnicos de Gestión de Administración General.

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