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El incremento del 1,5% adicional correspondiente a 2022 se abonará de oficio en diciembre a todos los empleados públicos de la CM

CSIT UNIÓN PROFESIONAL ha solicitado tanto en la reunión mensual de la Comisión de Seguimiento de 14/12/22 y en la de Comisión Paritaria celebrada hoy, aclaración sobre los criterios que seguirá la Administración de la Comunidad de Madrid para el abono del incremento del 1,5% adicional en las retribuciones de las personas que durante 2022 prestaron sus servicios en esta Administración.

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL, recordamos que este incremento retributivo está recogido en el art. 23 del R.D.-Ley 18/2022, con efecto retroactivo desde 1 de enero de 2022, para el personal al servicio del Sector Público, por lo que nuestra Organización Sindical ha planteado a la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad de Madrid si lo abonará de oficio o a solicitud del interesado/a, sobre todo de cara al personal interino que no esté actualmente con nombramiento en vigor o que, estándolo, haya trabajado otros periodos de interinidad, durante este año 2022.

La Administración informa que, trasladada la cuestión a la Dirección General de Recursos Humanos, ésta ha respondido informando que dicho incremento será abonado de oficio a todos los empleados públicos que hayan trabajado en la Comunidad de Madrid a lo largo de este año 2022. Como ya informamos hace más de un mes, el abono se realizará en la nómina del mes de diciembre. Dado que en anteriores ocasiones en las que la Administración había de gestionar el abono retroactivo, no lo hacía de oficio al personal que no se encontraba contratado en ese momento, desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL, hemos agradecido a la Administración que, en este caso, lo haga de esta manera para facilitar a los trabajadores que actualmente no tienen contrato en vigor, el cobro de este concepto. Asimismo, se indica que el trabajador, ante cualquier incidencia en el abono, lo notifique a la unidad gestora de nóminas correspondiente a su último contrato en la Comunidad de Madrid durante 2022.

Si bien compartimos que el abono de oficio de este incremento es provechoso para las y los empleados, desde CSIT UNIÓN PROFESIONALlamentamos que este incremento adicional no restituya la pérdida de poder adquisitivo que los empleados públicos vienen sufriendo desde hace años, pese al continuo hincapié de las administraciones públicas en publicitar este tipo de incrementos retributivos.

cobro del valor del abono transporte en nómina

Asimismo, en ambas reuniones, hemos tratado la reducción que han sufrido desde septiembre de este año aquellos empleados que reciben en nómina, y de forma prorrateada, el valor del abono transporte anual por cumplir los requisitos que lo permiten, en base a la rebaja aplicada en los billetes y abonos en los últimos cuatro meses. Se plantea que dicha reducción no debe aplicarse puesto que el valor del abono anual se fija en enero de cada año y según señala el Consorcio de Transportes, a este tipo de abono no le corresponde ninguna reducción, aún cuando ésta se acuerde a lo largo del año para otro tipo de billetes/abonos.

Esta situación parece que se está produciendo en ciertos ámbitos como en los Albergues, en Juventud y en algún otro ámbito de Cultura y de Educación. La Administración acuerda solicitar información de en qué ámbitos y con qué personal concreto se está dando, al objeto de comprobar si realmente cumplen los requisitos para recibir de forma prorrateada mensualmente el coste del abono transporte anual.

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