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CSIT Informa

Sobre la Jubilación Anticipada por voluntad del trabajador

Resumimos para los Delegados y Secciones Sindicales de CSIT UNIÓN PROFESIONAL, las cuestiones que marca la Seguridad Social y que han de conocer aquellos trabajadores que, independientemente del ámbito al que estén adscritos, quieran voluntariamente optar por acogerse a la JUBILACIÓN ANTICIPADA.

Requisitos:

• 35 años cotizados (al menos 2 en los últimos 15).
• Se puede acceder máximo 2 años antes de cumplir la edad ordinaria de jubilación exigida según la Ley General de la Seguridad Social (tabla):


Año

Períodos cotizados

Edad exigida

2021

37 años y 3 meses o más

65 años

Menos de 37 años y 3 meses

66 años

2022

37 años y 6 meses o más

65 años

Menos de 37 años y 6 meses

66 años y 2 meses

2023

37 años y 9 meses o más

65 años

Menos de 37 años y 9 meses

66 años y 4 meses

2024

38 o más años

65 años

Menos de 38 años

66 años y 6 meses

2025

38 años y 3 meses o más

65 años

Menos de 38 años y 3 meses

66 años y 8 meses

2026

38 años y 3 meses o más

65 años

Menos de 38 años y 3 meses

66 años y 10 meses

A partir de 2027

38 años y 6 meses o más

65 años

Menos de 38 años y 6 meses

67 años 

Cálculo de la pensión:

  1. El trabajador ha de consultar su base reguladora vía online a través del simulador de la Seguridad Social o bien hacer la consulta presencialmente, en las oficinas, mediante cita previa.  
  2. A esta base reguladora, hay que aplicarle los coeficientes según el tiempo cotizado.
  3. A continuación, se aplican los coeficientes reductores por Jubilación Anticipada (coeficientes por trimestre cotizado).
  4. El resultado es la cuantía de la pensión, a la que hay que aplicar el IRPF correspondiente.

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