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Función Pública de la CM prorroga su recomendación de teletrabajo hasta el viernes por el temporal, para los servicios no esenciales

La Dirección General de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, ha comunicado a su estructura de Consejerías y Organismos la prórroga del teletrabajo hasta el día 15 de enero de 2021, para que aquellos trabajadores que no desarrollen actividades esenciales no acudan a sus puestos evitando así los desplazamientos y el riesgo que estos conllevan, por los efectos de las condiciones climatológicas adversas que continuarán previsiblemente, estos días.

La Comunidad de Madrid, tras evaluar la situación de inaccesibilidad y peligro derivado de las condiciones climatológicas que azotan estos días la región, a través de la Dirección General de la Función Pública, ha emitido el siguiente comunicado:

“Las nuevas previsiones y avisos meteorológicos para los próximos días, hacen prever que las serias dificultades para la movilidad en el territorio de la Comunidad de Madrid, se extenderán también a los días 13, 14 y 15 de enero de 2021.

Conforme a lo que antecede, es necesario mantener las acciones orientadas a la reducción de desplazamientos innecesarios de los empleados públicos de la Comunidad de Madrid a sus centros de trabajo, a fin de mejorar la movilidad del conjunto de la ciudadanía y el desempeño de la labor de los servicios públicos esenciales, así como, prevenir los riesgos derivados de dichos desplazamientos.

En atención a lo anterior, y en lo que afecta a la prestación de servicios por parte del personal incluido en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo Único para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid y del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios para el período 2018-2020, se hace aconsejable establecer, con carácter general, que los empleados públicos que no desarrollen su actividad en ámbitos que puedan ser considerados como servicios esenciales, estén exonerados de asistir presencialmente a su puesto de trabajo durante los días 13, 14, y 15 de enero de 2021.

Con carácter general, se consideran empleados públicos que no desarrollan su actividad en la categoría de servicios esenciales, aquéllos cuyos centros de trabajo permanezcan excepcionalmente cerrados o que vengan desarrollando su actividad mediante la modalidad de régimen de teletrabajo, como consecuencia del estado de crisis sanitaria derivado de la pandemia por la COVID19

No obstante lo anterior, le corresponderá a cada órgano competente en materia de personal, determinar los ámbitos y el número de efectivos que deben desarrollar su actividad de manera presencial, a fin de garantizar la prestación de los servicios considerados esenciales en cada consejería u organismo dependiente de la misma”.

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