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Pedimos al Consejero de Sanidad que incluya a todo el personal de Enfermería en la Orden de Prescripción Enfermera, más allá del SERMAS

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL, os informamos de la publicación, por la Consejería de Sanidad, en el BOCM de 4 de mayo de 2021, de la Orden por la que se regula el procedimiento de acreditación para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano, por parte del personal de Enfermería del SERMAS.

Desde el Sindicato Independiente de Profesionales Sanitarios y Titulados Universitarios de Madrid, SIPEM, federado en CSIT UNIÓN PROFESIONAL, hemos remitido una carta al Consejero de Sanidad para advertirle que los profesionales que prestan cuidados generales y especializados de acuerdo a la legislación vigente, fuera del SERMAS pero dentro de los centros de la Comunidad de Madrid, se han quedado, a día de hoy, sin acreditación y sin tener regulada la prescripción en su actividad profesional, ya que la Orden publicada solo regula el procedimiento de acreditación para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano, en el ámbito de los cuidados generales y determinados cuidados especializados por parte de las Enfermeras y Enfermeros de los centros y organizaciones adscritos o vinculados al Servicio Madrileño de Salud, y de aquellos adscritos o vinculados a entidades con las que el Servicio Madrileño de Salud tiene suscritos convenios singulares para la gestión de la asistencia sanitaria.

En este sentido, le hemos pedido al Consejero la regulación y acreditación de la prescripción de Enfermería para el resto de las Enfermeras de esta Comunidad Autónoma, y la publicación del procedimiento que deben realizar estos profesionales, para no incurrir en la discriminación de los enfermeros que no prestan servicios en el SERMAS, pero sí en cualquier otro ámbito; ya que él es la persona que debe regular en TODA la Comunidad de Madrid el RD de Prescripción de Enfermería, y acreditar a TODAS las Enfermeras que prestan servicios a los ciudadanos madrileños, usuarios y no usuarios del SERMAS. 

El procedimiento que marca la Orden se aplica tanto en los cuidados generales como en los cuidados especializados de enfermería obstétrico-ginecológica, del trabajo y de salud mental, así como en aquellas otras especialidades que se encuentren incluidas en las plantillas de los centros sanitarios en la categoría de Enfermera/o especialista correspondiente. Los requisitos para el personal de Enfermería son:

  •  Estar en posesión del título de Graduado en Enfermería, de Diplomado en Enfermería o de Ayudante Técnico Sanitario, o equivalente.
  •  En el ámbito de los cuidados generales de Enfermería, la posesión de una experiencia profesional mínima de un año. 
  •  En el ámbito de los cuidados especializados, la posesión del correspondiente título de especialista y de una experiencia profesional mínima de un año en la categoría de Enfermera/o especialista correspondiente.
A efectos del cómputo del tiempo de experiencia profesional, la fecha límite para su cálculo será el de la publicación de la presente Orden en el BOCM. 
El procedimiento para la acreditación de los profesionales a los que les resulte de aplicación esta Orden se iniciará de oficio. 
Podéis consultar el detalle de la Orden publicada, aquí: 

Y aquí, la carta que hemos remitido al Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid:

Carta al Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid por la Orden de prescripción enfermera.

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