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Sanidad 03/08/23

Publicado nuevo Acuerdo SERMAS sobre Bolsas Únicas Empleo Temporal

CSIT UNIÓN PROFESIONAL informa de los puntos más relevantes que contiene el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 28 de junio de 2023, sobre selección de personal temporal en las instituciones sanitarias adscritas al Servicio Madrileño de Salud.

CSIT UNIÓN PROFESIONAL celebra que se haya unificado este Acuerdo de Bolsa de Empleo Temporal y seguirá trabajando para que se constituyan, con la máxima celeridad posible, las bolsas abiertas y permanentes de las categorías que aún quedan pendientes, mejorando las actuales.  

A continuación, los aspectos más destacados que recoge el nuevo Acuerdo:

Objeto:

Este Acuerdo tiene por objeto actualizar los criterios, funcionamiento y el procedimiento de cobertura de plazas, mediante nombramiento de carácter temporal, en todos los centros sanitarios adscritos al Servicio Madrileño de Salud. Este sistema de cobertura se llevará a cabo a través de la gestión de las bolsas únicas de empleo temporal, con carácter de abiertas y permanentes, respetando los principios de igualdad, mérito, capacidad, competencia, publicidad y celeridad.

Ámbito de aplicación:

Lo previsto en este Acuerdo será de aplicación directa a las bolsas únicas de empleo temporal constituidas y en funcionamiento en la actualidad y a las que se constituyan en el futuro, así como en las bolsas constituidas en cada centro sanitario para aquellas categorías que no disponen de bolsas de empleo temporal únicas, para nombramientos temporales de personal estatutario.

Requisitos de los aspirantes, que deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso de selección y durante el tiempo que permanezca el candidato en la bolsa de trabajo:

  • Tener nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo u ostentar el derecho a la libre circulación de trabajadores conforme al Tratado de la Unión Europea o a otros tratados ratificados por España, o tener reconocido tal derecho por norma legal.
  • Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa establecida en las normas de Seguridad Social.
  • Tener la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.
  • Estar en posesión del título exigido para acceder a la categoría de la bolsa que se convoca. 3.5 No haber sido sancionado con separación del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, en los términos y durante el plazo que se establezca en la legislación que le fuera de aplicación, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial firme para empleo o cargo público por resolución judicial.
  • No poseer la condición de personal empleado público fijo, sea estatutario, laboral o funcionario, de la categoría de la bolsa que se convoca o equivalente.
  • Acreditar, en el momento de la formalización del nombramiento, el requisito previsto en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, acreditativo de que no han sido condenados mediante sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexual, así como por cualquier delito de trata de seres humanos, o autorizar su consulta por medios electrónicos.

Funcionamiento de las bolsas de empleo temporal:

La gestión de las bolsas únicas es centralizada, siendo descentralizada la gestión de los llamamientos para la cobertura temporal de las plazas. La gestión centralizada de la bolsa corresponde a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, y la gestión de los llamamientos está encomendada a cada uno de los centros sanitarios adscritos al Servicio Madrileño de Salud.
Hasta tanto no se constituyan bolsas centralizadas para otras categorías profesionales, las bolsas constituidas en los centros sanitarios se gestionarán en cada uno de ellos, teniendo en cuenta, en todo caso, los criterios y baremación establecidos en este Acuerdo.

Solicitudes:

Los interesados podrán acceder al modelo de solicitud de inclusión en las bolsas a través de la página web: https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/bolsas-contratacion-temporal-servicio-madrileno-salud , seleccionando la categoría correspondiente. 
Las solicitudes deberán presentarse de forma telemática, mediante la aplicación electrónica que se habilite al efecto. En tanto se habilita la aplicación, la presentación de la solicitud y la documentación acreditativa de los méritos alegados y requisitos exigidos para prestar servicios como personal estatutario se efectuará por internet a través del Registro Electrónico o de los demás registros previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Para ello, será necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid.
La documentación que deberá acompañarse junto con la solicitud es una fotocopia del DNI, NIE o pasaporte o autorización de la consulta por medios electrónicos, además de una fotocopia de la titulación requerida o autorización de la consulta por medios electrónicos, entre otros.

Para ver el documento íntegro sobre el “ACUERDO DE LA MESA SECTORIAL DE SANIDAD DE 28 DE JUNIO DE 2023, SOBRE SELECCIÓN DE PERSONAL TEMPORAL EN LAS INSTITUCIONES SANITARIAS ADSCRITAS AL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD”, pincha AQUÍ.



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