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26/08/26 Administración del Estado Todos los Trabajadores

Novedades en la JUBILACIÓN ANTICIPADA por DISCAPACIDAD

Desde el pasado 31 de julio, está en vigor una modificación normativa que amplía las patologías que permiten acceder a la jubilación anticipada por discapacidad sin reducción de la pensión.

Novedades en la JUBILACIÓN ANTICIPADA por DISCAPACIDAD
La nueva norma incorpora y amplía el listado de enfermedades que dan acceso a este derecho, entre ellas el Parkinson, la enfermedad de Huntington, Espina bífida, Amiloidosis por transtiretina variante, Distrofia miotónica tipo 1 (Steinert), Esclerosis sistémica, Lesión medular, Degeneración corticobasal, Atrofia multisistémica y Parálisis supranuclear progresiva y Enfermedad Renal Crónica estadio G5.
Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL, te extractamos un resumen de lo que supone este cambio normativo ( Real Decreto 632/2026), a efectos prácticos:

¿Quién puede beneficiarse?

  • Las personas trabajadoras con un grado de discapacidad igual o superior al 45 %, siempre que la discapacidad derive de determinadas patologías para las que existe evidencia de una reducción significativa de la esperanza de vida y se cumplan los requisitos legales.

¿Qué supone?

  • Posibilidad de acceder a la jubilación desde los 56 años.
  •  Sin coeficientes reductores en la pensión.
  •  Aplicable tanto a trabajadores por cuenta ajena como autónomos incluidos en la Seguridad Social.
Importante:

Tener reconocida una discapacidad del 45 % no da derecho automáticamente a esta modalidad de jubilación. Es necesario que la discapacidad esté vinculada a alguna de las patologías previstas en la normativa y cumplir el resto de requisitos exigidos. 

El Real Decreto 632/2026, de 29 de julio, por el que se modifica el anexo del Real Decreto 1851/2009, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en cuanto a la anticipación de la jubilación de las personas trabajadoras con discapacidad en grado igual o superior al 45 por ciento, ha sido publicado en el BOE núm. 185, de 30 de julio de 2026 y puedes ver todo el texto, pinchando AQUÍ.