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Nuevas medidas a adoptar por los centros docentes de la Comunidad de Madrid por la crisis sanitaria COVID-19

La Consejería de Educación y Juventud ha publicado en el día de hoy una nueva orden de medidas, en vista de la situación epidemiológica y las restricciones y medidas publicadas este mismo sábado, 19 de septiembre, por la Consejería de Sanidad, relativas a la restricciones anunciadas el viernes por la tarde por la Presidenta de la Comunidad de Madrid.

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL, os facilitamos la descarga del documento completo y actualizado, aprovechando para extractar algunos aspectos que consideramos pueden ser de interés:

Pincha aquí para descargar el documento: "ORDEN 2162/2020, de 14 de septiembre, de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se establecen medidas que han de adoptar los centros docentes de la Comunidad de Madrid para la organización del curso 2020-2021 en relación con la crisis sanitaria provocada por la COVID-19". 

PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS CORRESPONDIENTES AL CURSO 2020-2021:

Todos los centros docentes realizarán al inicio del curso escolar una valoración del desfase curricular de los alumnos que pudieran haber sido afectados por los cambios metodológicos derivados de la situación de crisis sanitaria provocado por COVID-19, de modo que dicha valoración permita adoptar medidas de refuerzo educativo en aquellos alumnos que lo necesiten. 

El objetivo es que, si durante el tercer trimestre del curso 2019-2020 se han producido dificultades para abordar en toda su extensión y profundidad el currículo de las asignaturas, esos elementos se trabajen al comienzo del año académico 2020-2021. Procurando una transición gradual a los elementos del currículo recogidos en las programaciones del nuevo curso y recuperando los aprendizajes imprescindibles no alcanzados.

MIODIFICACIONES HORARIAS:

Los directores de los centros docentes públicos y los titulares o persona en quien delegue en el caso de los centros docentes privados, podrán aprobar la modificación de los horarios respetando lo dispuesto en la normativa vigente, oídos el claustro de profesores y el consejo escolar, en aplicación de las medidas organizativas derivadas de los escenarios previstos en la instrucción tercera de la Resolución conjunta de las Viceconsejerías de Política Educativa y de Organización Educativa, de 9 de julio de 2020, modificada por la Resolución conjunta de las Viceconsejerías de Política Educativa y de Organización Educativa de 28 de agosto de 2020, que se adjunta como Anexo a la Orden publicada.

Dichas modificaciones aprobadas serán supervisadas por el Servicio de Inspección Educativa.

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